En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente juicio por Accion mero declarativa, intentado por la ciudadana MARIA ANGELICA SANTOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.200.131, asistido por el abogado JULIO RAFAEL ANGEL LARA GUZMAN, titular de la cedula de identidad N° 3.969.361 y WILLIANS AGUSTIN MOSQUERA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 8.193.127, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo los Números, 76.631 y 109.065 con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los Diecisiete (17) días del mes de Abril de Dos Mil siete (2.007). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación......