Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor del imputado LUIS RAMON MAESTRE AMARISTA, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.852.922, venezolano, natural de Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, donde nació el 27/03/1980, de 27 años de edad, soltero, hijo de: Ramón Maestre (V) y Del Valle Amatista (v), residenciado en: Calle Piñerua, Casa N° 28, Sector Andrés Bello, Barrio Piñerua, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el Articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de LUIS RAMON MAESTRE AMARISTA, de conformidad con el articulo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la aplicación del proced.....