esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 514 Y 522 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos: ADRIANA CAROLINA CORDERO GOMEZ y ANGEL RAFAEL GUILARTE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.665.437 y 17.359.353, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio MILAGRO SUCRE BECKER, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº135.106, donde se encuentran involucradas sus hijas, las niñas: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , med.....