en consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Rectificación solicitada y en consecuencia el lugar de nacimiento correcto de la niña VALERIA KATHERINA MACHO MATA, es Municipio Turístico El Morro, Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Lechería, Estado Anzoátegui, y no como aparece en la Partida de Nacimiento de la niña VALERIA KATHERINA MACHO MATA, quedando así Rectificada dicha Partida de Nacimiento de la hija de los solicitantes GUZMAN ANTONIO MACHO QUIROZ y BELKIS JANET MATA de MACHO, plenamente identificados, inserta en los Libros del Registro Civil, llevados por la Prefectura del Municipio Autónomo Peñalver del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 135, correspondiente al año 2004, y debiendo aparecer el lugar de nacimiento correcto de la niña, El Municipio Turístico E.....