Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados CARLOS JAVIER VASQUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.385.573, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 10/02/1978, de 31 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Técnico Aeronáutico, hijo de Carlos Eduardo Vásquez (f) y Gladis Carolina de Vásquez (v), residenciado en el Km.27, Sector Barbacoa, Finca La Rosa, Barcelona teléfono 0424-8982625; RICHARD JOSE DURAN, venezolano, cédula de identidad N° V- 19.237.345, natural de Cumaná, Estado Sucre; donde nació en fecha 03/02/79, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Julio Vivene (f) y Noris Josefina Duran, residenciado en: Km.27, Ba.....