Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD INMEDIATA por imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a favor del ciudadano FREDDY CELESTINO INFANTE OROZCO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.815.093, natural de Caracas, Distrito capital, donde nació en fecha 4/05/68, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos Freddy Infante y Ana Domingo Orozco, residenciado en Tronconal III, calle 04, Sector I, Tumba de Bello, Casa S/nº Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LILA YORLEDIS VERA, todo de conformidad con lo establecido .....