DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: GERSON CORTEZ GONZALEZ Y MIRVIDA MODESTA MATA, plenamente identificados en autos y por consiguientes DECLARA DISUELTO ÉL VINCULO CONYUGAL que los une. Y ASI SE DECIDE. En cuanto a lo acordado o convenido de común acuerdo por los ciudadanos ya referidos en lo que respecta su hijo el Niño, antes mencionado, esta Sala de Juicio N° 02, en uso de sus atribuciones legales y en Interés Superior del referido niño, contenido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños y adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por ambos padres en solicitud de Divorcio en lo que respetan a los siguiente puntos:
PRIMERO: Ambos padres ejercerán de manera conjunta la Patria Potestad de sus hijos, según el contenido de los artículos 347, 348 y 349 de la Reforma de la Ley Orgánica para la Protección .....