declara Embargada la cantidad de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 4.199,10), existentes en la cuenta corriente Nº 0105-0749-00-740007785, propiedad de la Sociedad Mercantil CENTRO AUTOMOTRIZ LAMAR, C.A. RIF: J-30362367-0, y la cantidad TRES MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs. 3.313,88), propiedad del ciudadano: GABRIEL ARTURO LAMAR BLANCO, antes identificados, tal como lo ordena el Juzgado comitente, vale decir, Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.- Seguidamente interviene la notificada, antes identificada, y expone consigno en este acto cheque de Gerencia Nº 07405153, por la cantidad de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 4.199,10), y cheque de Gerencia Nº 07405153, por la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS TRECE BOLÍVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs. 3.313,88), a nombre del Juzgado comitente. Es todo