En éste estado el Tribunal hace la debida entrega del inmueble, antes embargado ejecutivamente al ciudadano: CESAR JOSE ROJAS, venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.995.864, domiciliado en la Calle 19 Sur, Nº 92 de esta ciudad de El Tigre , Estado Anzoátegui, en su carácter de Depositario Provisional, quien estando presente en éste acto expone: Recibo conforme el bien inmueble antes embargado ejecutivamente, y juro y me comprometo a cuidarlo como un buen padre de familia tal como lo exige la ley, realizando las debidas rondas periódicas, con el objeto de informar al Tribunal de cualquier eventualidad que pudiese suscitarse en el inmueble