este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.) DEJA POR RECONOCIDO EL ACUERDO DE VOLUNTADES presentado por los ciudadanos Abogados ANTONIO GONZALEZ GONZALEZ y ANSELMO REYES GONZALEZ en nombre propio y en representación de la ciudadana Abogada SORELYS ESKIA MAIZ RENGEL y la Empresa VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTRICES E INDUSTRIALES, C.A. (VERAICA), de cancelar por esta última, a favor de los primeros la cantidad de Bolívares CUARENTA Y UN MILLONES EXACTOS (Bs. 41.000.000,00), a causa de los Honorarios Profesionales producidos con ocasión al juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentara el ciudadano MIGUEL LORENZO CERMEÑO, contra la empresa VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTRICES E INDUSTRIALES, COMPAÑÍA ANONIMA (VERAICA). 2.) IMPRO.....