este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIA DE SUELDOS, RETARDO EN EL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoará el ciudadano JOSE GREGORIO ARAY, supra identificado; en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ALNOR, S.A. (ALNOR, S.A.); en consecuencia, se condena a pagar la cantidad de BOLÍVARES CATORCE MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO EXACTOS (Bs.F. 14.618,00); adicionando a dicho monto la indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.