En razón de los hechos narrados y de los derecho invocados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, constituido como Tribunal Colegiado Retasador, en fase estimativa; Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, cuantifica la presente estimación de honorarios profesionales, en la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE COMA CERO SIETE BOLÍVARES (Bs. 6.259,07), monto éste que deberá pagar la parte demandada, INVERSIONES HENOR C.A., con inscripción en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con el N° 39, Tomo A-25, en fecha 09 de junio de 2003; a la parte demandante CARLOS ALBERTO RONDÓN REYES, civilmente hábil, cédula de identidad Nº 9.088.625, profesional del derecho con inscripción en el Instituto de Previsión Social con el Nº 23.240; por sus actuaciones judiciales efectuadas en el causa signada con la nomenclatura BP12-L-2.....