En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la empresa demandada contra la sentencia proferida por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, dictada en fecha 17 de septiembre de 2001 propuesta por la representación judicial de la empresa demandada WORLDWIDE SERVICE, C. A, ya identificados, con fundamento a lo establecido en los artículo 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en consecuencia, firme la sentencia apelada.