... este órgano jurisdiccional oída la exposición de las partes y modificada como ha sido la parte final de la cláusula cuarta de la transacción suscrita, el cual ha sido revisado, desprendiéndose del mismo que no se vulneran derechos irrenunciables previstos en el ordinal 2° del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 del de la ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de dicha ley y que los abogados de la empresa SEPTICLEAN, C.A., se encuentran facultados para transigir, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, otorgándole carácter de cosa juzgada...