...este Tribunal en aplicación de lo dispuesto en los artículos 35.4 y 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad del acto administrativo conjuntamente con suspensión temporal de los efectos del mismo, propuesto por los abogados MAXIMILIANO DI DOMENICO VIOLA, ANA KARINA MARCANO SALAZAR y EVELYN LOPEZ PEREZ, actuando en su condición de apoderados judiciales de la empresa PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., en contra de la providencia administrativa signada con el nro. 00670-2014 de fecha 22 de octubre de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo " Alberto Lovera" Barcelona, estado Anzoátegui, que impuso multa a dicha sociedad mercantil con ocasión a la providencia administrativa que declaró con lugar la denuncia de restitución a la situación jurídica infringida, incoada por el ciudadano JOSE GUZMAN OSORIO, todos supra identifi.....