Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se decreta el ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones correspondientes al proceso penal seguido contra el ciudadano antes identificado, y en consecuencia SE DECLARA EL CESE de la condición de imputado del ciudadano ALEX RAFAEL VALDERRAMA JIMENEZ, Venezolano, Natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, Donde nació en fecha 17-02-1976, Residenciado en Barrio Calle Principal de Tierra Adentro, Casa Nº 141, Frente a la Bomba de Pozuelos, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, De 33 Años de Edad, titular de La Cédula De Identidad Nº 13.936.038, de estado Civil Casado, de profesión u oficio Pescador, hijo de los ciudadanos: ANTONIO VALDERRAMA (V) Y NEIDA DE VALDERRAMA (V). Se deja constancia que el imputa.....