Se ordena APERTURAR A JUICIO ORAL Y PUBLICO, la causa seguida al acusado LUIS ALBERTO ARREAZA PERALES, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libe de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSMARY DEL VALLE MARCANO BRITO.
CUARTO: SE niega la solicitud de la defensa referida a la revisión de la medida privativa judicial preventiva de libertad, en virtud de que las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos que nos ocupan y por los cuales se decreto dicha medida, no han variado.
QUINTO: Se mantiene como sitio de reclusión EL Instituto Autónomo de la Policía del Municipio Sotillo del estado Anzoátegui, donde permanecerá a la orden y disposición del Tribunal de Juicio.
SEXTO: Se ordena la expedición de copias simples de la presente acta a la Fiscal 24º del Ministerio Público y a la Defensa de confianza. Se ordena a Secretaría remitir las actuaciones al Tribun.....