Una vez escuchados los alegatos de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, procederá a dictar el dispositivo del fallo de la siguiente manera: actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano CARLOS JOSE SISCO OVALLES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.879.890, en contra de la ciudadana IRAMA JOSEFINA RAMIREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.304.923, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que une a los cónyuges.