DECISION:
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, los ciudadanos: CESAR ENRIQUE QUINTANA DUARTE, CARLOS MANUEL NAVARRO y JOSE DEL VALLE COLON SALAZAR venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V.- 10.697.386, V.- 8.282.415 y V.- 15.677.423, plenamente identificados, hechas por ante este Juzgado, en fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la presente solicitud, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del "De cujus" JOSE GREGORIO OROCOPE.....