Ahora bien, vistas las actuaciones cursantes en la presente solicitud, las cuales fueron debidamente analizadas y valoradas positivamente en cuanto a derecho se refiere, es por lo este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , y de conformidad con los Artículos 12 del Código de Procedimiento Civil, 23 de la Ley de Transporte Terrestre, 94 y 95 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana PASTORA JOSEFINA VELASQUEZ DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.308.297 y de este domicilio, la posesión legítima que ha tenido y tiene sobre el vehículo marca: SKODA, modelo: FAVORTI GLX, clase: AUTOMOVIL, color: VERDE, año: 1994, Placa: YDP-149, Serial del motor original: 1698261, Serial de Carrocería: P0679468, uso: PARTICULAR, tipo: SEDAN, dejando a salvo los derechos que puedan corresp.....