Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por el ciudadano MARCOS VINICO MATA GUILLEN venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.102.594; contra la ciudadana MONICA PATRICIA MARIN GAMARDO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.765.452.-
SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-
TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Muni.....