Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda de ACCION REIVINDICATORIA, incoada por SIMON GUAICARA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.182.203, asistido en este acto por RIDER CAMPOS ZACARIAS, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 22.058; contra el ciudadano PEDRO CESAR BARROSO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.900.273.-
SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMENTO.-
TERCERO: SE ORDENA REMITIR EL PRESENTE ASUNTO AL ARCHIVO JUDICIAL.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Primero.....