SENTENCIA
Por cuanto del estudio de las actas procesales contenidas en el presente expediente signado con el Nº BP02-V-2016-000378, contentivo de la demanda de PREFERENCIA OFERTIVA, propuesta por la ciudadana JAKELIN DEL VALLE ROJAS FABELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-13.169.253, asistida en este acto por el abogado en ejercicio PEDRO PABLO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 174.983, en contra del ciudadano GIOVANNI D´ALESSANDRO FIRRO, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.294.068.- Se evidencia que la misma fue Admitida en fecha tres (03) de Mayo del dos mil dieciséis (2016), por no ser contraria a derecho. Ahora bien, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que a continuación se transcriben, son del tenor siguiente:
"Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la.....