En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo
y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarles a los ciudadanos: LUIS BELTRAN GIL GIL, CLEMENCIA DEL VALLE GIL GIL, AYABELA JERONIMA GIL DE MUJICA, KENIA CONSOLACION GIL DE JIMENEZ, TASMANIA DEL VALLE GIL DE FIGUEROA, KANILDA DEL VALLE GIL DE MARTINEZ, SUHAIL CRISTINA GIL DE MARTINEZ, GLINYS DIONISIA GIL DE SALAZAR, venezolano, mayores de edad y titulares de las cedulas de Identidad Nro. V-4.760.117, V-3.930.811, V-4.160.075, V-4.050.230, V-4.792.037, V-4.79.....