Decisiones del dia 06/05/2015
N° Expediente :
BP02-S-2015-000681
N° Sentencia :
146
Fecha: 06/05/2015
Procedimiento: Unicos Y Universales Herederos
Partes: SOLICITANTE (S): MARIA RAMIREZ DE PEREZ, MARIA GABRIELA PEREZ RAMIREZ, JOSE LUIS PEREZ RAMIREZ, PEDRO JOSE RAMIREZ PEREZ, ANTONIETA PEREZ RAMIREZ, JOSE DANIEL PEREZ RAMIREZ, CARLOS JOSE PEREZ RAMIREZ, MARIA LUISA PEREZ RAMIREZ, ANA CECILIA PEREZ RAMIREZ, ESTHER JOSEFINA PEREZ RAMIREZ.
Resumen:
Se declara bastante y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos MARIA RAMIREZ DE PEREZ, MARIA GABRIELA PEREZ RAMIREZ, JOSE LUIS PEREZ RAMIREZ, PEDRO JOSE PEREZ RAMIREZ, ANTONIETA PEREZ RAMIREZ, JOSE DANIEL PEREZ RAMIREZ, CARLOS JOSE PEREZ RAMIREZ, MARIA LUISA PEREZ RAMIREZ, ANA CECILIA PEREZ RAMIREZ, ESTHER JOSEFINA PEREZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-496.700, V-8.247.642, V-8.225.059, V-8.208.850, V-4.899.285, V-8.275.733, V-8.251.370, V-8.214.161 y V-4.899.284 y V-8.236.367, respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE DEL CARMEN PEREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-481.053, quien falleció el día veintiuno (21) de Enero del año 2015 tal como ha quedado expresado anteriormente, ya que son las personas llamadas a suceder según el orden se sucesión establecido en el articulo 822 y 824 del Código Civil
Juez/Ponente:
Yelitza Clarke
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
N° Expediente :
BP02-S-2015-000555
N° Sentencia :
004
Fecha: 06/05/2015
Procedimiento: Divorcio (185-A)
Partes: SOLICITANTES: FELIX JOSE MARVAL LAREZ Y ALICIA MARINA DIAZ MATA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-11.908.708 Y V-10.010.996, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos FELIX JOSE MARVAL LAREZ Y ALICIA MARINA DIAZ MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.908.708 y V-10.010.996, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada MARISAMIL MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 132.195, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, celebrado en fecha 20 de Noviembre del año 1996, por ante Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio acompañada a la solicitud, Acta N° 459, folio 14-B y 15, Tomo III, del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 1996. Y ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Yelitza Clarke
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
N° Expediente :
BP02-S-2015-000465
N° Sentencia :
005
Fecha: 06/05/2015
Procedimiento: Divorcio (185-A)
Partes: SOLICITANTES: DAVID RAFAEL BOADA ACUÑA Y CARMEN ARACELIS URBINA MILANO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-10.291.384 Y V-10.187.667, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos DAVID RAFAEL BOADA ACUÑA Y CARMEN ARACELIS URBINA MILANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.291.384 y V-10.187.667, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada MAUDY VELASQUEZ MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 210.156, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, celebrado en fecha 27 de Diciembre del año 2001, por ante Registro Civil del Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio acompañada a la solicitud, Acta N° 109, del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 2001. Y ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Yelitza Clarke
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.
N° Expediente :
BP02-M-2015-000026
N° Sentencia :
031
Fecha: 06/05/2015
Procedimiento: Terceria
Partes: FEDERMAN R. FERRER G., INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NRO. 128.996, ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL PANADERÍA EL MANJAR DEL CIELO, C.A., DEBIDAMENTE INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI EN FECHA 23-01-2012, ANOTADA BAJO EL NRO. 32, TOMO 5-A RM3ROBAR, RIF: 3400348277-HRY, CONTRA
Resumen:
se declara INADMISIBLE la tercería adhesiva interpuesta por la Sociedad Mercantil Panadería El Manjar del Cielo, C.A., ya identificada anteriormente, en virtud de que la misma como ya se ha indicado, fue interpuesta para defender derechos propios y no reúne los requisitos necesarios para que se configure la tercería adhesiva coadyuvante, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 379 del Código de Procedimiento Civil. Y Así Se Decide.
Juez/Ponente:
Yelitza Clarke
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta.