III
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos Juan Ali Castro Galindo y Anyeliz Maricett Del Valle Ortega Valerio, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-20.264.365 y V-19.496.480, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Desiree Isabel Lamas Jones, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.359. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal. Así también se decide.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Décimo de Municipio O.....