Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos DAVIC ALEXANDER ALFONZO LAREZ Y MELVIS DE LOS ANGELES ARISMENDI MARVAL, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.213.755 y V-14.317.947, asistidos por el abogado NEUBERT RONDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 169.264, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pozuelos, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, el día veintiocho (28) de Octubre del año Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 18, Folio 49, 50 del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 1998.-