PRIMERO: Se Declara como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante FELIX GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de la ciudad de Coloradito, estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad No. V-3.731.892, a los ciudadanos LUISANA TERESA GARCIA RUIZ, ROSANGEL TERESA GARCIA RUIZ y FELIX DANIEL GARCIA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V15.128.478, V-12.437.860 y V-14.640.940, respectivamente, todos en su condición de hijos reconocidos, sucesores del De Cujus FELIX GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.731.892; todos de este mismo domicilio.-
SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros, que no habiendo sido incluidos en la presente solicitud poseen derechos sobre los petitorios formulados, y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causara efect.....