Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES interpuesto por el ciudadano JOSE GUTIERREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.468.049, asistido por el abogado TEODORO GOMEZ RIVAS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 15.993, ambos de este domicilio, contra la ciudadana ZENAIDA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.504.309, de este domicilio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo preceptuado en el numeral 6° del artículo 340 ejusdem, y Así se decide.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente.....