Concluida, la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud ,presentada por la ciudadana; YSABEL MERCEDES SAUSSONETTI CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.994.574, domiciliada en Urbanización El Moriche, II etapa, Edificio J2, apto PH2, Sector Mesones, Barcelona, Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, quien actúa en representación de su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda de Protección .....