Se declaró ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado DANNY JOSÉ CARRASCO MARTÍNEZ, en su carácter de defensor de confianza del JUAN MANUEL ZAMORA OJEDA, titular de la cédula de identidad Nº 15.548.540, contra la decisión dictada en fecha 18 de julio de 2013, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual CONDENÓ al mencionado ciudadano a cumplir la pena de QUINCE (15) años de prisión, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la adolescente (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, se ACUERDA fijar la audiencia oral y pública a que se.....