DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados RICARDO MAITA LEON y PEDRO LUIS BASTARDO BERMUDEZ, Fiscales Decimosexto y Decimosexto Auxiliar del Ministerio Publico de este Estado, contra la decisión de fecha 02 de Agosto de 2004, dictada por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a los imputados RAUDY JOSÉ GUZMAN, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad N° 12.794.238, natural de San Félix estado Bolívar, de profesión u oficio TSU en Ciencias Policiales, residenciado en la Calle Nevera, Barrio El Espejo, casa s/n de la ciudad de Barcelona, Anzoátegui, ARGENIS RAFAEL CURBATA GUERRA, quien es venezolano natural de Barcelona, .....