DECLARO PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada CARMEN IRAIDA RONDÓN, en su carácter de Defensora Pública Tercera del Sistema Penal de responsabilidad del Adolescente, en defensa de los derechos del adolescente: ALEJANDRO JOSE GONZALEZ y NELSON JOSÉ VALLEJO RONDÓN, titulares de las cédulas de identidad Nº Indocumentado y V-26.850.527 respectivamente, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la Audiencia de Presentación celebrada en fecha 01 de noviembre de 2014, que decretó a los adolescentes ut supra, la medida de detención preventiva contenida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal. SEGUNDO: Se confirma en toda y cada una .....