DECLARO ADMISIBLE, de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada CARMEN IRAIDA RONDON, en su carácter de Defensora Pública Tercera del Sistema de Responsabilidad del Adolescente, actuando en defensa de los adolescentes ALEJANDRO JOSÉ GONZALEZ, Indocumentado y NELSON JOSÉ VALLEJO RONDON, titular de la cédula de identidad Nº V-26.850.527, a quienes se les decretó medida de detención preventiva para asegurar su comparecencia a la audiencia preliminar, por encontrarse presuntamente incursos en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 Ejusdem, en perjuicio de JEUDY URBANO, contra la decisión de fecha 1 de noviembre de 2014, dictada por el Tribunal Segundo en Funciones de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui,.....