Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSE ZEGUEN ABDO, en su condición de Apoderado Judicial del Ciudadano: ANTONIO ACHKAR ROMANOS, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de Septiembre de 2009 mediante la cual negó la entrega de un vehículo presuntamente propiedad del ciudadano ut supra mencionado, con las siguientes características: MARCA FORD, MODELO: FIESTA, AÑO 2007, COLOR NEGRO, CLASE AUTOMÓVIL, USO PARTICULAR, PLACAS EAT24U, SERIAL DE CARROCERÍA: 8YPZF16N378A18496, SERIAL DEL MOTOR 7A18496, por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: Queda CONFIRMADA totalmente la decisión dictada por el Trib.....