DISPOSITIVA
En consecuencia, y por los planteamientos antes esgrimidos está Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación planteada por los ciudadanos LUIS LOPEZ, EUCLIDES ORTIZ, ANGEL COLINA, CARLOS JOSE RODRIGUEZ MATA, JESUS VLADIMIR MEDINA, JESUS JIMENEZ, CARLOS ADOLFO ZABALA BETANCOURT, YLDEALFONSO JOSÉ COA VELÁSQUEZ, JESUS NATERA LEITON, LEONCIO NICOLAS GOMEZ y ELFIDE PASTOR GUZMÁN, asistidos por el Abogado RUBÉN R. HERNÁNDEZ G., en contra del ciudadano ELEAZAR JAVIER SALDIVIA FLORES, en su condición de Juez (S) del Tribunal de Control N° 6, de este Circuito Judicial Penal. Fundamentada en la causal establecida en el ordinal 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.