En base a los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE EL CONFLICTO DE NO CONOCER planteado por la Abogada EVELYN OSUNA RUÍZ, Jueza de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, quien con fundamento en lo previsto en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, plantea su incompetencia para conocer de la causa signada con el Nº BP01-P-2010-006364, seguida contra el ciudadano ALEXANDER GUARIQUE TOVAR, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y SECUESTRO BREVE. En consecuencia DECLARA COMPETENTE al Tribunal de Control Nº 01, Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, para que continúe con la investigación que se sigue en contra del ciudadano ALEXANDER GUARIQUE TOVAR, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Código Orgánico Procesal Penal y de cumplimiento a l.....