Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada KARINA LÓPEZ SUAREZ, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, en la causa seguida al ciudadano JENNER RAFAEL RODRÍGUEZ PINTO, contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 07 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de marzo de 2011, en la cual decretó Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las previstas en los numerales 3º, 4º y 8º del artículo 256 ejusdem, al ut supra mencionado imputado. Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes y remítase en la oportunidad correspondiente.