Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado YIMY ALEXANDER LOPEZ MACHADO, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos CARLOS RAFAEL FERNANDEZ COVA, titular de la cédula de identidad V-8.345.376, EDWUARS ROMAN HERNÁNDEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad V-8.289.826 y ANTONIO RAFAEL CAIGUA MOYA, titular de la cédula de identidad V-8.346.587, respectivamente; en calidad de víctimas, en contra de la resolución de fecha 17 de marzo de 2017, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la cual decreto medidas cautelares a los imputados MIGRAIDA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.344.687 y LUIS JOSÉ .....