Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, por extemporáneo, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MARIETH SALAZAR ORTEGA, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público de este Estado, en la causa N° BJ11-P-2004-000015, que se le sigue al ciudadano OMAR CELESTINO PARUCHO MOY, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS. Recurso este que es interpuesto contra la decisión dictada por el Tribunal de Control 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión el Tigre, en fecha 03 de noviembre de 2004, donde el tribunal a quo, decretó el sobreseimiento de la causa seguida al citado ciudadano.