declaro ADMISIBLE de conformidad con el artículo 447 del Texto Adjetivo Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JOSE STANLIN MENDEZ SANCHEZ, en su carácter de Defensor de Confianza del ciudadano RENE RAFAEL GUARAPANA, titular de la cédula de identidad Nº V 16.490.588, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 11 de septiembre de 2013, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano ut supra mencionado, a cumplir la pena de QUINCE (15) años de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano LUIS ANTONIO HERNANDEZ VARGAS. Igualmente solicitó revocar la sentencia dictada por el Tribunal Nº 2 del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, se ordene la realización de un nuevo juicio oral y público, se le otorgue la medida cautel.....