Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada LEIDYS GUILLENT, en su carácter de defensora de confianza del ciudadano RENNY JOSÉ ARAQUE JAIMES, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de julio de 2010, en la celebración de la Audiencia Preliminar, sólo en cuanto al punto de la declaratoria de inadmisibilidad de los testigos presentados por la defensa, como parte de las pruebas, en consecuencia se declara LA NULIDAD ABSOLUTA de la mentada audiencia preliminar, conforme a lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse violado disposiciones constitucionales y legales al imputado.....