Se declaró HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE GREGORIO LEZAMA PERAZA, quien poseía el carácter de Defensor de Confianza al momento de la interposición del mismo, del acusado JOSÉ RAMÓN ROSALES ROSALES, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.165.349, defendido actualmente por el Abogado JULIO CESAR PINTO GUERRA, en su condición de Defensor de Confianza, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de agosto de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, quien entre otras cosas declaró sin lugar la solicitud de nulidad de la audiencia de presentación del 08 de marzo de 2011, invocada por el defensor Abogado JOSE GREGORIO LEZAMA PERAZA, quien alegó que su defendido no firmó ni fijo sus impresiones digitales en dicha acta, lo que demuestra que fue forjada y por ende se incurrió en violación de los artículos 2, 3, 7, 25, 26 y 49 numeral 1° de la Carta Magna, 1.....