Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada ROSEUDYS SÁNCHEZ en su condición de defensora de confianza del imputado LEONEL NICOLÁS ACOSTA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, extensión El Tigre, en fecha 10 de septiembre de 2008 mediante la cual dictó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ut supra mencionado imputado, en virtud de los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo. Asimismo, esta Alzada considera que la decisión está enmarcada dentro de los requisitos que establece el artículo 254 ejusdem.
En consecuencia se CONFIRMA la decisión apelada.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la causa al Tribunal de origen.....