Este Tribunal Superior, con fundamento en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundamentada en causales legales. Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
En consecuencia, remítase copia certificada de la presente decisión al ciudadano Juez Superior del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito extensión El Tigre, Dr. Medardo Páez, a los fines legales consiguientes.