Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo de ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, seguido por el Dr. JESUS RAFAEL ROJAS VILLARROEL, procediendo con el carácter de co-apoderado judicial de los ciudadanos ERNESTO PEREZ BOCALANDRO y JOSE DOMINGO PEREZ MORALES, en contra del INSTITUTO AGRARIO NACIONAL, Delegación Agraria del Estado Anzoátegui, todos suficientemente identificados, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, desde el 16 de noviembre de 2001 hasta la presente fecha. Así se declara