Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por el Abogado Erwin Otto Guntermann Velásquez, IPSA No. 38.531 en representación de la parte codemandada la Empresa Asfalto Bensimon, C.A (ASBENCA) , en contra del auto dictado en fecha 07 de Noviembre 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, de Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, en el juicio por NULIDAD DE VENTA, incoado por el ciudadano José Manuel Méndez Torres, contra el Concejo Municipal Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y la Empresa Asfalto Bensimon, C.A, (ASBENCA) que declaro improcedente la perención de la instancia. En consecuencia e declara Sin Lugar, la perención anual de la instancia, solicitada por la parte demandada.-
En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada.
Dada la naturaleza del pr.....