Este Tribunal Superior, conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR la inhibición planteada por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, a los fines legales consiguientes. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.