Este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida el día 18 de febrero del año 2002, por el abogado AUGUSTO ADOLFO CALZADILLA, contra el auto dictado el día 14 de febrero de 2002, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de cobro de bolívares por el procedimiento de Intimación, seguido por el BANCO ROYAL, C.A., en contra de la empresa SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES FAKIL, C.A., cuya interlocutoria queda así revocada.