Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación ejercida por la abogada demandada MARIA CERVANTES JOLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.223, contra decisión de fecha 19 de marzo del año 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.